Si eres capaz de hablar varios idiomas, enhorabuena. Ser políglota es una cualidad que se valora muchísimo en el mercado laboral. A día de hoy no resulta raro encontrar ofertas de trabajo donde solicitan cierto nivel de ruso y portugués, incluso de chino. Algo que también ocurre en el sector de bienes raíces, especialmente cuando todo te suena a chino. Cuando te pones a leer un contrato de arrendamiento y tu cara empieza a adquirir la forma de un signo de interrogación. Y para estas situaciones no hay subtítulos que valgan. Pero para eso existe iCasas, cuyo objetivo primordial consiste en hacerte la vida más fácil. Si pretendes descifrar todo lo que lees en el documento que te acredita como inquilino, te regalamos unas cuantas claves para que entiendas las cláusulas y conceptos más importantes de dicho contrato.
Aquí tienes nuestra piedra de Rosetta particular para los jeroglíficos inmobiliarios:
1. Arrendador y arrendatario: Probablemente, éstas serán las dos palabras que más se repitan a lo largo del contrato. De tanto pronunciarlas, creerás estar en medio de un trabalenguas en el que tú eres el protagonista. Para ayudarte a distinguir entre un concepto y otro, decirte que te des por aludido cuando leas la palabra arrendatario. Sí, ése eres tú. Como arrendador, en cambio, se conoce al propietario del inmueble.
2. Duración del contrato: El contrato siempre tiene que establecer un periodo de estancia mínimo, una franja temporal que deberás respetar si no deseas ser penalizado económicamente en caso de abandonar la vivienda antes de lo que estipula el documento. Busca aquella cláusula que hable sobre la permanencia de tu estancia en la casa, donde seguramente también aparecerá un término que conoces de sobra, que no es otro que el que ocupa el siguiente punto.
3. El depósito: El equivalente a la suma que tienes que desembolsar si no cumples con el tiempo marcado en el contrato; la cantidad que deberás pagar si el apartamento no está en óptimas condiciones cuando dejes la casa. No leas el documento por encima ni en diagonal si no quieres verte a ti mismo rascándote el bolsillo. Enfráscate en la lectura como si se tratase del último capítulo de 50 sombras de Grey.
4. El arrendador puede reclamar la vivienda: En casos muy concretos, pero sí: puede hacerlo. Seguro que en alguna sección del contrato encontrarás las palabras que hacen referencia a esa situación. El propietario del inmueble puede hacer que tengas que abandonarlo en caso de necesitar la propiedad para algún familiar. Para ello, deberá avisarte con una determinada antelación para que puedas empezar otro proceso de búsqueda. Eso sí, debe tratarse de un familiar muy cercano. No vale que sea el primo del padre de la novia del propietario.
5. Rescisión del contrato: Si ha llegado el momento de dejar la propiedad en la que sólo te ha faltado echar raíces, debes comunicárselo al propietario con suficiente antelación. Revisa las palabras que indiquen la rescisión del contrato para que exista margen de maniobra hasta que encuentren otro inquilino. Porque no eres irreemplazable, amigo. ¿Qué te habías creído?
6. Uso de las instalaciones: El apartamento que acabas de arrendar tiene que utilizarse para que puedas vivir en él, no para que levantes un negocio y te hagas más rico que Bill Gates. En otras palabras: las instalaciones no se pueden utilizar para fines comerciales. Ése es otro de los apartados que suele estar en letra pequeña y en el que te tienes que fijar casi con lupa. No es que no deseemos tu prosperidad, pero si en el contrato queda bien claro que no puedes ganar dinero a costa del apartamento que has adquirido, deberás apartar de tu cabeza la idea de montar esa tienda de raquetas matamoscas.
7. Admite o no admite mascotas: Y hablando de moscas, tienes que poner especial atención al tema de las mascotas. Porque existe en los contratos un apartado especial que pone de manifiesto si se admiten animales en esa casa. Por lo tanto, más vale que trates de localizar esa cláusula antes de que te cierren la puerta en las narices, sobre todo si no has informado a nadie sobre tu pasión hacia los perros o gatos. Imagina que el día de la mudanza te presentas en la casa sujetando la correa de un gran danés. O de un chihuahua.
8. Reformas en casa: Cuando lleves un tiempo viviendo en la casa puede que te apetezca echar abajo alguna pared para ampliar el salón, o tal vez desees cambiar el horrible color de las paredes de tu habitación. Pero deberás asegurarte de poder hacerlo antes de firmar el contrato. Que tu vista recorra el documento de arriba abajo hasta dar con la cláusula que señala lo que acabamos de mencionar.
Éstas son las cláusulas básicas de cualquier contrato de arrendamiento, aquellas con las que te toparás sí o sí. Las que tienes que empezar a memorizar.