Buscando independizarte o solo cambiar de aires, ya has dado con tu lugar ideal y te falta el tedioso papeleo. A pesar de la cantidad de hojas que pueda contener y contar con la asesoría de un abogado, es importante que estés pendiente de su contenido para que no te topes con las frecuentes cláusulas abusivas en un contrato de alquiler que pueden jugar en tu contra, si las llegas a omitir.
A continuación te presentamos estas 5 cláusulas ilegales en un contrato de arrendamiento que podrían jugarte una mala pasada:
1. Acceso a la vivienda por parte del arrendador
Al tratarse de una cesión de usufructo y de no ser por mera cortesía de tu parte, el arrendador no tiene permitido el libre ingreso a la vivienda para inspecciones, reparaciones u otros efectos referentes al inmueble. El artículo 28 de la Constitución de Colombia dispone que el domicilio solo podrá ser registrado sin tu consentimiento por mandato escrito de una autoridad judicial, que comprenda las formalidades legales y por los motivos que la ley defina previamente.
2. Gastos de mantenimiento por parte del arrendador
Tú, como inquilino, tienes, por supuesto, que hacerte cargo de los daños que ocasiones por mal uso. El propietario, por su parte, tiene la responsabilidad de los arreglos derivados del uso corriente o de la acción del tiempo y que son necesarios para que la vivienda se mantenga en óptimas condiciones. Por consiguiente, no puede especificarse en una cláusula, en ningún caso, que has de ser tú quien deba encargarse de todos los arreglos por averías o deterioros.
3. Pago de depósitos y fianzas por parte del arrendador
En su capítulo IV, el Régimen de Arrendamiento de Vivienda Urbana prohíbe la exigencia de depósitos, en cauciones reales o dinero efectivo y en contratos de alquiler de vivienda urbana, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que haya asumido el arrendatario, conforme a dicho contrato.
4. Intereses de mora por impago superiores al 6 % (2017)
A pesar de que el Régimen de Arrendamiento de Vivienda Urbana colombiano no expresa un porcentaje de manera explícita, trata de no aceptar un interés por mora de manera arbitraria. Efecto para el cual te ampara el Código Civil, que, en su artículo 1617, establece el interés legal por mora en obligaciones de dinero.
5. Adelanto de más de un mes de renta
El arrendador no puede exigirte el pago por adelantado de más de una mensualidad de renta. Por eso, si compruebas que en tu contrato te exigen abonar dos o tres meses de renta por adelantado, ya sabrás que no está bien. Recuerda que el Régimen de Arrendamiento de Vivienda Urbana, en su artículo 9, enumera tus obligaciones como arrendatario.
Así que ya sabes: ojo avizor.
Cordial saludo,
Habiendo descubierto la ilegalidad del contrato de arrendamiento suscrito entre una inmobiliaria y una persona natural y a quienes se les ha notificado de la resolución expedida por los entes de vigilancia y control en materia de arrendamientos de vivienda urbana ,pierde su matricula inmobiliaria y reiterativamente suscribe contratos posteriores a la resolución y no presenta recurso de reposición pero aun asi sigue captando los recursos económicos en efectivo del usufructo de los contratos de arrendamiento de vivienda urbana en colombia presentando ausencia y negligencia sistemática en el cumplimiento de los contratos y su silencio administrativo es evidente de la ilegalidad y las violaciones propias a la ley ., es menester preguntar debido a la complejidad del caso en particular ya que después de 4 meses de espera de respuestas a su pedido de restitución del inmueble y la aparición intempestiva del propietario del inmueble exigiendo los saldos insolutos que adeuda el mandatario o la inmobiliaria al arrendatario asi como la celebracion de un nuevo contrato de arrendamiento de vivienda con el sin mnedir las consecuencias ni contar con la prorroga de l contrato ? QUE HACER ENTONCES ???? ??
Cordial saludo,
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Cordial saludo,
Habiendo descubierto la ilegalidad del contrato de arrendamiento suscrito entre una inmobiliaria y una persona natural y a quienes se les ha notificado de la resolución expedida por los entes de vigilancia y control en materia de arrendamientos de vivienda urbana ,pierde su matricula inmobiliaria y reiterativamente suscribe contratos posteriores a la resolución y no presenta recurso de reposición pero aun asi sigue captando los recursos económicos en efectivo del usufructo de los contratos de arrendamiento de vivienda urbana en colombia presentando ausencia y negligencia sistemática en el cumplimiento de los contratos y su silencio administrativo es evidente de la ilegalidad y las violaciones propias a la ley ., es menester preguntar debido a la complejidad del caso en particular ya que después de 4 meses de espera de respuestas a su pedido de restitución del inmueble y la aparición intempestiva del propietario del inmueble exigiendo los saldos insolutos que adeuda el mandatario o la inmobiliaria al arrendatario asi como la celebracion de un nuevo contrato de arrendamiento de vivienda con el sin mnedir las consecuencias ni contar con la prorroga de l contrato ? QUE HACER ENTONCES ????