Imagínate por un instante que eres el arrendatario en una relación de arrendamiento. Bueno, tampoco saques mucho a pasear la inventiva, que es más que probable que, o bien estés pasando por esta situación o la hayas atravesado (atravesado) en alguna ocasión. Durante cada una de estas etapas te habrás enfrentado al canon de arrendamiento. Sin embargo, ¿sabes de qué se trata exactamente?
¿Cuánto tienes que pagar a causa del canon de arrendamiento?
Una cosa es clara. Si el arrendatario no paga el canon de arrendamiento, entonces el arrendador cuenta con la posibilidad de terminar con la relación contractual de manera unilateral. Teniendo en cuenta que ambas partes quieren continuar porque es lo mejor para las dos, están cómodos y les gusta la manera en la que os comunicáis, vamos a avanzar un poco punto por punto.
Lo primero de todo es que no te tomen por tonto. Es decir. Una cosa es que tengas que pagar, pero otra muy diferente que te tengas que enfrentar a una cuantía desmedida. No, no, recuerda que todo esto se encuentra perfectamente regulado en la ley.
El canon de arrendamiento no debe superar nunca el 1 % del valor comercial del departamento que tengas arrendado. En caso de ser una parte del edificio entero, se calculará el 1% de la parte proporcional del bien.
¿Pueden aumentarme el canon de arrendamiento?
La respuesta es afirmativa. Las circunstancias se encuentran totalmente pautadas en la ley y la única manera de que el arrendador te haga pasar por un canon superior es siguiendo el procedimiento establecido en la misma.
Este podrá aumentar el canon de arrendamiento tras doce meses de la ejecución del contrato. Además, tendrá el límite del máximo que haya aumentado el IPC en esa cuantía temporal. Además, es importante que siempre te notifiquen por escrito el cambio del canon de arrendamiento desde el momento en que se realice el incremento
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